¿HAY JUSTICIA PARA LA CORRUPCION EN LA ARGENTINA?


 

¿HAY JUSTICIA PARA LA CORRUPCION EN LA ARGENTINA?

                 El fallo reciente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) que, en voto dividido, permite a URRIBARRI recuperar la libertad, deja un sabor amargo a los hombres de bien que habitamos la Argentina, porque se tiene la sensación en este, como en otros pronunciamientos, que la corrupción, un flagelo, causa de una de las mayores decadencias de una Nación en el mundo, pareciera estar protegido por la Justicia, cuando es esta quien debe condenar, respetando el debido proceso, pero, si la condena los amerita, se debe cumplir efectivamente la condena y no, permitiéndosele a quienes destrozaron el país continuar conviviendo en libertad con la población de bien que habita el suelo argentino.

                La corrupción fue considerada en el párrafo quinto del artículo 36 de la Constitución de 1994, el cual está incluido en el llamado “Nuevos Derechos y Garantías”, y uno se pregunta ¿Nuevos derechos y garantías para quienes? Sin duda, este capítulo fue redactado para posibilitar que el sistema democrático otorgue protección a las personas; porque este sistema será efectivo, será pleno, si aleja la mentira, el fraude, el engaño, la apropiación de fondos públicos por los funcionarios para su propio beneficio.

La corrupción es uno de los grandes males y causa de esta decadencia, pero, también ha motivado daños y perjuicios irreparables, porque esa apropiación indebida provocó, incluso, pérdida de vida humana, motivado por el obrar de estos equívocos gobernantes al omitir el deber de satisfacer necesidades mínimas de los argentinos, especialmente, en salud, en seguridad, en infraestructura adecuadas, omisiones que ocasionaron anualmente la muerte de personas, la cuantía de estos decesos superan a los “desaparecidos constatados” en todos los años del periodo 1976-1983.

Estas realidades, la Justicia no puede ignorarla, porque provoca varios efectos, uno, personas como URRIBARRI, un gobernado condenado pueda volver a gozar de su libertad, cuando como bien se dice en los votos, incluso, de quienes posibilitaron este fallo, que la etapa de investigación está concluida, ergo, los hechos avalan la condena del a quo; dos, los procesos argentinos y, especialmente, cuando se trata de corrupción, se estiran ante lo inimaginable; tres Por lo tanto, ¿Puede un ciudadano tener confianza legítima en el Poder Judicial? Sin duda, que estos pronunciamientos provocan la pérdida de esa confianza por el ciudadano, y no es casual el desprestigio del que goza en la sociedad; cuatro, peor aún, mancha a quienes, día a día, hacen la tarea descomunal de buscar Justicia, de fallar de acuerdo a derecho, y son los que en silencio honran este Poder.

ASOCACION CIVIL RIO PARANA no podía marginarse de reprochar este fallo, porque se están mancillando los valores y principios que enunciados en la Constitución están internalizado en todos los argentinos de bien que todos los días aportan para el engrandecimiento o la subsistencia de esta Nación.

ASOCIACION CIVIL RIO PARANA saluda el voto del Dr. GIORGIO, y reprueba a quienes liberaron a uno de los hacedores de la decadencia de esta bendita Nación.

Gerardo Vega


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