¿HAY JUSTICIA PARA LA CORRUPCION EN LA ARGENTINA?
¿HAY JUSTICIA PARA LA
CORRUPCION EN LA ARGENTINA?
El fallo reciente del Superior Tribunal de
Justicia de Entre Ríos (STJER) que, en voto dividido, permite a URRIBARRI
recuperar la libertad, deja un sabor amargo a los hombres de bien que habitamos
la Argentina, porque se tiene la sensación en este, como en otros
pronunciamientos, que la corrupción, un flagelo, causa de una de las mayores
decadencias de una Nación en el mundo, pareciera estar protegido por la
Justicia, cuando es esta quien debe condenar, respetando el debido proceso,
pero, si la condena los amerita, se debe cumplir efectivamente la condena y no,
permitiéndosele a quienes destrozaron el país continuar conviviendo en libertad
con la población de bien que habita el suelo argentino.
La
corrupción fue considerada en el párrafo quinto del artículo 36 de la
Constitución de 1994, el cual está incluido en el llamado “Nuevos Derechos y
Garantías”, y uno se pregunta ¿Nuevos derechos y garantías para quienes? Sin
duda, este capítulo fue redactado para posibilitar que el sistema democrático
otorgue protección a las personas; porque este sistema será efectivo, será
pleno, si aleja la mentira, el fraude, el engaño, la apropiación de fondos
públicos por los funcionarios para su propio beneficio.
La corrupción es uno de los
grandes males y causa de esta decadencia, pero, también ha motivado daños y
perjuicios irreparables, porque esa apropiación indebida provocó, incluso,
pérdida de vida humana, motivado por el obrar de estos equívocos gobernantes al
omitir el deber de satisfacer necesidades mínimas de los argentinos,
especialmente, en salud, en seguridad, en infraestructura adecuadas, omisiones
que ocasionaron anualmente la muerte de personas, la cuantía de estos decesos
superan a los “desaparecidos constatados” en todos los años del periodo
1976-1983.
Estas realidades, la Justicia no
puede ignorarla, porque provoca varios efectos, uno, personas como URRIBARRI,
un gobernado condenado pueda volver a gozar de su libertad, cuando como bien se dice en los votos,
incluso, de quienes posibilitaron este fallo, que la etapa de investigación
está concluida, ergo, los hechos avalan la condena del a quo; dos, los
procesos argentinos y, especialmente, cuando se trata de corrupción, se estiran
ante lo inimaginable; tres Por lo tanto, ¿Puede un ciudadano tener confianza
legítima en el Poder Judicial? Sin duda, que estos pronunciamientos provocan la
pérdida de esa confianza por el ciudadano, y no es casual el desprestigio del
que goza en la sociedad; cuatro, peor aún, mancha a quienes, día a día, hacen
la tarea descomunal de buscar Justicia, de fallar de acuerdo a derecho, y son
los que en silencio honran este Poder.
ASOCACION CIVIL RIO PARANA no
podía marginarse de reprochar este fallo, porque se están mancillando los
valores y principios que enunciados en la Constitución están internalizado en
todos los argentinos de bien que todos los días aportan para el
engrandecimiento o la subsistencia de esta Nación.
ASOCIACION CIVIL RIO PARANA
saluda el voto del Dr. GIORGIO, y reprueba a quienes liberaron a uno de los
hacedores de la decadencia de esta bendita Nación.
Gerardo Vega
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