Al pueblo de Venezuela y la comunidad internacional

El legítimo Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de sus facultades y competencias constitucionales:

Considerando

Primero: Que la República Bolivariana de Venezuela atraviesa una profunda crisis política, social y humanitaria, caracterizada por violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos, el desconocimiento de los resultados legítimos de las elecciones presidenciales celebradas el 28 de julio de 2024, y un ataque continuado contra las instituciones democráticas del país.

Segundo: Que Nicolás Maduro Moros ha usurpado de manera flagrante el poder ejecutivo, desconociendo la voluntad popular expresada en las elecciones del 28 de julio de 2024, en las cuales resultó ganador el ciudadano Edmundo González Urrutia, lo que constituye una violación directa al Artículo 5 de la Constitución venezolana, que consagra la soberanía popular como base del Estado.

Tercero: Que esta usurpación del poder por Nicolás Maduro Moros representa un golpe de facto contra el Estado de Derecho, el orden constitucional y la democracia en Venezuela, agravando la represión contra líderes políticos, ciudadanos y el sistema de justicia independiente.

Cuarto: Que el Artículo 333 de la Constitución venezolana obliga a los ciudadanos y a las instituciones legítimas del país a restablecer el orden constitucional, a su vez el Artículo 350 faculta a desconocer cualquier régimen que contravenga los principios democráticos, los derechos humanos y las garantías constitucionales.

Acuerda

Primero: Condenar enérgicamente la usurpación del poder realizada por Nicolás Maduro Moro, quien ha desconocido la voluntad popular expresada en las elecciones del 28 de julio de 2024, e impedir que Edmundo González Urrutia, legítimo presidente electo, asuma plenamente las funciones que le corresponden.

Segundo: Reiterar el reconocimiento del ciudadano Edmundo González Urrutia como el presidente legítimo de la República Bolivariana de Venezuela y ratificar el compromiso de los legítimos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia juramentados por la Asamblea Nacional en Julio del 2017 para cumplir con todos los deberes inherentes consagrados en la vigente Carta Magna.

Tercero: Exhortar a los miembros activos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) a cumplir con su deberes, tal como lo dispone el Artículo 328 de la Constitución de la Republica, de garantizar la defensa de la soberanía popular y proteger al pueblo venezolano. Recordamos a los señores oficiales, tropa profesional y alistados su deber a subordinarse a la Constitución y leyes de la Republica y no a seguir ordenes manifiestamente ilegales, principalmente de quienes han perpetrado un golpe de Estado encabezados por los ciudadanos Nicolás Maduro Moros, Diosdado Cabello Rondón, Vladimir Padrino López, Jorge Rodríguez, Tarek Willian Saab, Elvis Amoroso, Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez entre otros.

Cuarto: Instar a la comunidad internacional y a las organizaciones democráticas a respaldar las acciones que conduzcan al restablecimiento de la democracia en Venezuela, respetando los principios de la Constitución venezolana y los derechos fundamentales de su pueblo.

Quinto: Comprometerse a mantener una estrecha coordinación con la comunidad internacional, organizaciones de derechos humanos y las instituciones democráticas legítimas de Venezuela para garantizar el cumplimiento de esta resolución y la pronta restauración del orden constitucional y la democracia en Venezuela.

Desde los Estados Unidos de América a los once (11) días del mes de enero de 2025.

Mgdo. Antonio Marval Jiménez

Presidente del Tribunal Supremo de Justicia

 

Mgdo. Pedro Troconis                                                        Mgdo Domingo Javier Salgado Rodriguez 

  Primer Vicepresidente                                                                           Segundo Vicepresidente      


Los Directores:  

Mgda. Zuleima del Valle González, 

Mgdo. Rafael Ortega y 

Mgdo. Luis María Ramos Reyes

 


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